BANDO DEL CONCEJO
D. Francisco Javier Zamora Jiménez, Presidente del Concejo de Tiebas, dictó en la fecha indicada el siguiente,
BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A ACTIVIDADES DEPORTIVAS, RECREATIVAS, CULTURALES Y EDUCATIVAS 2024
Desde el Concejo de Tiebas se establecen unas ayudas económicas con motivo de los gastos ocasionados por la participación en actividades deportivas, recreativas, culturales y/o educativas no organizadas desde este Concejo.
CONDICIONES:
Concepto de la Ayuda: Gastos ocasionados durante el ejercicio 2024 por la participación en actividades deportivas, recreativas, culturales y/o educativas no organizadas desde este Concejo.
Tipo de actividad: Organizada por Entidades Públicas y/o Privadas.
Período de concesión de la ayuda: Anual.
Importe de la ayuda económica:
Actividades deportivas-recreativas:
50% del gasto que se justifique por cada beneficiario.
Actividades culturales-educativas:
50% del gasto que se justifique por cada beneficiario.
Importes máximos de la ayuda económica:
Actividades deportivas-recreativas:
Para solicitantes que no sean independientes económicamente y dependan de su unidad familiar:
Base Liquidable) hasta 50.000 €: máximo de 300 €/año por solicitante
(casilla 515 de la declaración de IRPF)
Base Liquidable) a partir de 50.000 €: máximo de 150 €/año por solicitante
(casilla 515 de la declaración de IRPF)
Para solicitantes que sean independientes económicamente y constituyan una unidad familiar independiente:
Base Liquidable) hasta 25.000 €: máximo de 300 €/año por solicitante
(casilla 515 de la declaración de IRPF)
Base Liquidable) a partir de 25.000 €: máximo de 150 €/año por solicitante
(casilla 515 de la declaración de IRPF)
Actividades culturales-educativas:
Para solicitantes que no sean independientes económicamente y dependan de su unidad familiar:
Base Liquidable) hasta 50.000 €: máximo de 600 €/año por solicitante
(casilla 515 de la declaración de IRPF)
Base Liquidable) a partir de 50.000 €: máximo de 300 €/año por solicitante
(casilla 515 de la declaración de IRP )
Para solicitantes que sean independientes económicamente y constituyan una unidad familiar independiente:
Base Liquidable) hasta 25.000 €: máximo de 600 €/año por solicitante
(casilla 515 de la declaración de IRPF)
Base Liquidable) a partir de 25.000 €: máximo de 300 €/año por solicitante
(casilla 515 de la declaración de IRPF)
La ayuda máxima por beneficiario entre ambas actividades será de 600 €.
Beneficiarios: Vecinos del Concejo de Tiebas, menores de 25 años (inclusive), empadronados con una antigüedad mínima de dos años, y con domicilio y residencia en Tiebas.
Requisitos formales: Solicitud por escrito en las Oficinas del Concejo, acompañada de las facturas o certificados y justificantes efectivos de pago por transferencia o ingreso en cuenta, así como copia de la declaración de la renta del año anterior.
Plazos: Hasta el 16 de diciembre 2024.
Tiebas, a treinta de octubre de dos mil veinticuatro.
Francisco Javier Zamora Jiménez
Presidente