CONCEJO DE TIEBAS
Aprobación Modificación Presupuestaria 2/2021
La Junta del Concejo de Tiebas, en sesión ordinaria celebrada el día veintinueve de noviembre de 2021, aprobó inicialmente el Expediente de Modificación Presupuestaria número 2/2021 al presupuesto del año 2021, consistente en la habilitación de un Crédito Extraordinario, cuyo resumen es el siguiente:
“Asunto: Aprobación Inicial del Expediente de Modificación Presupuestaria nº 2/2021. Crédito Extraordinario.
Ampliación de las siguientes partidas de gasto:
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PARTIDA |
TIPO DE MODIFICACIÓN |
DENOMINACIÓN |
IMPORTE INICIAL |
INCREMENTO |
IMPORTE FINAL |
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3420 6000001 |
Crédito extraordinario |
MÁQUINAS GIMNASIO |
0,00 € |
10.000,00 € |
10.000,00 € |
Fuentes de financiación:
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PARTIDA |
TIPO DE MODIFICACIÓN |
DENOMINACIÓN |
IMPORTE |
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1-870 |
Incorporación Remanente de Tesorería para gastos generales
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REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES |
10.000,00 € |
Estado del Remanente de Tesorería tras la modificación:
A la vista del resultado del Expediente de Cuentas del ejercicio 2020, aprobado definitivamente por la Junta del Concejo en fecha de 26/04/2021, el estado del Remanente de Tesorería del ejercicio 2020 es el siguiente: Remanente de Tesorería total de 1.640.167,73 € de los que 0 € son por recursos afectados; y 1.640.167,73 € para gastos generales.
Tras la aprobación de la Modificación Presupuestaria 1/2021 el estado del Remanente de Tesorería de 2020 era el siguiente: Remanente de Tesorería total de 1.506.167,73 € de los que 0 € son por recursos afectados; y 1.506.167,73 € para gastos generales.
Tras la aprobación de la Modificación Presupuestaria 1/2021 el estado del Remanente de Tesorería de 2020 es el siguiente: Remanente de Tesorería total de 1.496.167,73 € de los que 0 € son por recursos afectados; y 1.496.167,73 € para gastos generales.
Procedimiento de la modificación:
Artículo 214, apartado 2, de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en relación con la Base de Ejecución nº 9, apartado 4.
El acuerdo inicial adoptado por la Junta del Concejo será sometido a exposición pública en el tablón de anuncios de la Corporación por un plazo de quince días naturales con el fin de que los vecinos o interesados puedan presentar las reclamaciones o alegaciones que estimen oportunas.
Transcurrido dicho plazo, y si no se hubiesen formulado reclamaciones o alegaciones, el acuerdo de aprobación inicial se entenderá aprobado definitivamente, entrando en vigor una vez transcurrido el período de exposición pública.
Si se formularan reclamaciones o alegaciones, la Junta del Concejo deberá adoptar acuerdo expreso relativo a la resolución de aquéllas y a la aprobación definitiva de la modificación propuesta, que entrará en vigor, una vez publicado el texto definitivo en el tablón de anuncios de la entidad local.»
Procedimiento de la modificación. Artículo 214, apartado 2, de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en relación con la Base de Ejecución nº 9, apartado 4.
El Acuerdo inicial adoptado por la Junta del Concejo será sometido a exposición pública en el tablón de anuncios de la Corporación por un plazo de quince días naturales con el fin de que los vecinos o interesados puedan presentar las reclamaciones o alegaciones que estimen oportunas.
Transcurrido dicho plazo, y si no se hubiesen formulado reclamaciones o alegaciones, el acuerdo de aprobación inicial se entenderá aprobado definitivamente, entrando en vigor una vez transcurrido el período de exposición pública.
Si se formularan reclamaciones o alegaciones, la Junta del Concejo deberá adoptar acuerdo expreso relativo a la resolución de aquéllas y a la aprobación definitiva de la modificación propuesta, que entrará en vigor, una vez publicado el texto definitivo en el tablón de anuncios de la entidad local.»
Tiebas, a veintinueve de noviembre de dos mil veintiuno.
La Presidente, Dª. Leire Martínez Carneiro
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