D. Yon Romero Montávez, Secretario de la Junta del Concejo de Tiebas, por medio de la presente,

CERTIFICA:

Que la Junta del Concejo de Tiebas, en sesión extraordinaria celebrada el día 27 de diciembre de 2023, adoptó, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, el siguiente ACUERDO:

«Asunto: Régimen de dedicación a tareas del Concejo y remuneraciones de los miembros de la Junta del Concejo.

.- Visto el contenido del artículo 77, apartado 1, de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra así como el del artículo 58 del Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, relativos a la determinación del número mínimo de sesiones ordinarias que las entidades locales deben celebrar anualmente en función de su número de habitantes.

.- Visto el contenido del artículo 75 de la Ley 7/1985, de 3 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 13 del RD 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

.- Vista la población del Concejo de Tiebas y estudiadas las especiales características de dicho Concejo.

SE ACUERDA:

PRIMERO.- Régimen de las sesiones ordinarias de la Junta del Concejo.

 

Se acuerda celebrar una sesión ordinaria de la Junta del Concejo todos los meses, el primer miércoles de cada mes, a las 18:00 horas. El día de la Junta podrá trasladarse al segundo miércoles si así lo aconsejan las fechas y/o el calendario de fiestas laborales.

 

SEGUNDO.- Cargos corporativos con régimen de dedicación parcial y su respectiva remuneración:

A).- Se establece que el Presidente del Concejo, D. Francisco Javier Zamora Jiménez, desempeñará su cargo con dedicación parcial, fijándose la misma en 170 horas al año, con una cuantía a percibir de 3.600,00 euros de sueldo bruto anual, dividido en doce mensualidades. A esas cantidades se les aplicarán las retenciones correspondientes de IRPF y cuota obrera de Seguridad Social, siendo de cargo del Concejo la cuota empresarial de Seguridad Social, donde se solicitará el alta correspondiente.

B).- Se establece que el Tesorero de la Junta del Concejo, D. Ignacio Lejarza Ossorio, desempeñará su cargo con dedicación parcial, fijándose la misma en 170 horas al año, con una cuantía a percibir de 3.600,00 euros de sueldo bruto anual, dividido en doce mensualidades. A esas cantidades se les aplicarán las retenciones correspondientes de IRPF y cuota obrera de Seguridad Social, siendo de cargo del Concejo la cuota empresarial de Seguridad Social, donde se solicitará el alta correspondiente.

C).- Los miembros de la Junta del Concejo que no tienen asignada dedicación exclusiva ni parcial percibirán la cantidad de 150,00 euros en concepto de compensación por asistencia a cada una de las sesiones de los órganos colegiados, asambleas o reuniones a las que acudan en representación del Concejo, siendo ésas dos al mes. A esta cantidad se le aplicará la retención correspondiente de IRPF (2%).

D).- Se establece que todos los miembros de la Junta del Concejo de Tiebas tendrán derecho a percibir indemnizaciones por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio del cargo siempre que sean debidamente justificados, conforme se determina en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, comprendiendo todos los gastos correspondientes a dietas de manutención, alojamiento y transporte con motivo de comisiones de servicio, desplazamientos efectuados por razón del cargo y otros que respondan a idéntica motivación. A tal efecto se establece que la cantidad a percibir por desplazamientos en su vehículo particular será de 0,32 euros/km.

TERCERO.- Este régimen de remuneraciones tendrá efecto desde fecha de 1 de enero de 2024 y se actualizará anualmente con la aplicación del IPC aprobado para Navarra por los organismos competentes.

CUARTO.- Publicar el correspondiente anuncio sobre el contenido de este acuerdo en el tablón de anuncios y página web del Concejo de Tiebas y en el Boletín Oficial de Navarra a los efectos oportunos.”

 

 

Que extiende la presente con la salvedad del artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de orden y con el visto bueno de la Sra. Presidenta, en Tiebas, a 27 de diciembre de 2023.

 

 

El Secretario                                                                                      Vº. Bº.

Yon Romero Montávez                                                        Francisco Javier Zamora Jiménez

Presidente

 

 

 

 

Contra el presente acuerdo podrán interponerse los siguientes recursos: 1º.- Potestativamente en el plazo de un mes Recurso de Reposición ante el mismo órgano que lo dictó, o bien Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra. 2º.-  Recurso Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a contar del siguiente a su notificación ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, salvo en los supuestos previstos en el artículo 8.1 de la Ley 26/1.998 que se presentará ante el Juzgado de lo Contencioso–Administrativo.