D. Yon Romero Montávez, Secretario de la Junta del Concejo de Tiebas, por medio de la presente,

CERTIFICA:

Que la Junta del Concejo de Tiebas, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de marzo de 2025, adoptó, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, el siguiente ACUERDO:

“Asunto: Aprobación de las Normas de Funcionamiento de las instalaciones de las Piscinas y Polideportivo de Tiebas para el verano 2025.

Se mantiene la vigencia de las Normas Generales de funcionamiento que se vienen aplicando en los años anteriores.

Se establecen las puntualizaciones siguientes:

1.- Toda persona interesada en obtener la condición de abonado deberá pagar la cantidad que le corresponda, según cuadro de Precios Públicos señalado al final, mediante ingreso de su importe en la cuenta del Concejo en La Caixa, número 2100 5173 34 2100047898 o mediante abono con tarjeta de crédito en el propio Concejo. A tal efecto, se estará al contenido del punto 6.

Debe constar nombre y apellidos y en el concepto: ABONO PISCINAS 2025.

2.- Una vez ingresado dicho importe, se deberá entregar en las oficinas del Concejo el justificante de pago para poder proceder a dar de alta como abonado en la aplicación móvil instalada al afecto y que será el medio de acceso a las instalaciones de las piscinas (aquellas personas que no deseen este medio de acceso necesitarán una tarjeta que se proporcionará también en el Concejo).

3.- El horario de las oficinas del Concejo será los días laborables de 8:00 a 15:00 horas.

4.- Se incluyen tres connotaciones a tener en cuenta en los precios fijados:

1º. Vecinos: Se entenderá como vecino aquella persona empadronada en el Ayuntamiento de Tiebas-Muruarte de Reta.

2º. Avalados: Cabe la posibilidad de que cada vecino-abonado mayor de 18 años pueda avalar -como máximo- a una persona no vecina y al precio marcado en el cuadro de Precios Públicos. De esta manera, se facilita la entrada a personas de cierta relación con el pueblo a un precio más asequible.

3º. Personas no vecinos: Aquellas personas que no estén empadronadas en el Ayuntamiento de Tiebas-Muruarte de Reta y que tampoco tengan la condición de avaladas.

5.- Aquellas personas no abonadas que sean sorprendidos utilizando las instalaciones (piscinas, gimnasio, pistas, etc.) se les privará del derecho a obtener el abono anual para la utilización de las instalaciones. Las personas no abonadas solo tienen el derecho a hacer uso de las instalaciones de bar y terraza.

6.- Cuadro de Precios Públicos:

ABONOS 2025 ENTRADAS POR DÍA
EDAD VECINOS AVALADOS NO

VECINOS

VECINOS AVALADOS NO

VECINOS

De 0 a 3 años GRATIS GRATIS GRATIS GRATIS GRATIS GRATIS
De 4 a 6 años 7 € 11 € 30 € 1,5 € 3 € 9 €
De 7 a 17 años 22 € 30 € 75 € 3 € 5 € 12 €
De 18 a 64 años 45 € 55 € 150 € 4,5 € 7 € 12 €
>64, Jubilados Pensionistas 25 € 30 € 75 € 1,5 € 3 € 9 €

Precio especial para peregrinos: 2,00 €/día

7.- Gimnasio de las piscinas:

.- Toda persona que quiera utilizar el gimnasio deberá contar con el correspondiente abono de las piscinas.

.- El horario de uso será de 11:00 a 20:30 horas.

.- Una vez finalizada la temporada estival en septiembre se clausurarán las instalaciones.

8.- Pista de Pádel:

Durante el periodo estival solo podrá ser utilizada por los socios o aquellas personas que adquieran entrada de día. El uso se realizará «por horas», previa formalización de la reserva en la Portería.

9.- Normativa especial para el «USO DE FOGONES Y ASADORES».

.- Para hacer uso de los fogones se exigirá la edad mínima de 18 años cumplidos.

.- Reservas: La utilización de los asadores se realizará sólo BAJO RESERVA, la cual se realizará en la Portería. Sólo podrán hacer reservas los que sean vecinos y sus invitados. Para reservar se deberá dejar constancia del nombre, número de socio, número de teléfono y turno (fracción horaria) de utilización. El plazo máximo de antelación para realizar la reserva será de siete días anteriores a la fecha.

.- Turnos/fracciones horarias de utilización: La utilización de los fogones/asadores se realizará por fracciones de tiempo con un máximo de 90 minutos (hora y media). La hora límite de utilización para la última reserva será hasta el cierre de las instalaciones.

.- Consumo de bebidas: En la zona de bar y terraza únicamente se podrá consumir la bebida adquirida en el Bar de las Piscinas de Tiebas

.- Lugar para las comidas: Sólo estarán permitidas las mesas de los asadores y las mesas de terraza o porche. Las mesas de los asadores serán para uso exclusivo de las personas que hubieran hecho la reserva y sus acompañantes.

.- Horario de utilización: El horario de utilización de los fogones/asadores será libre.

.- Limpieza: Cada usuario, una vez utilizado el asador, deberá dejar perfectamente limpio el mismo, el fregadero y los alrededores. Igualmente se deberán dejar perfectamente limpias las mesas y zonas de comida utilizadas.

.- El incumplimiento de cualquiera de estas normas conllevará la imposibilidad de reservar la utilización de los fogones/asadores durante el resto de la temporada de verano. Esta prohibición afectará tanto al socio que hizo la reserva como a sus acompañantes.»

 

 

 

 

 

Que extiende la presente con la salvedad del artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de orden y con el visto bueno de la Sra. Presidenta, en Tiebas, a 19 de marzo de 2025.

 

 

 

 

 

El Secretario                                                                           Vº. Bº.

Yon Romero Montávez                                                            Presidente

Francisco Javier Zamora Jiménez