RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA 6/2022
Tiebas a 15 de febrero de 2022
Dª. LEIRE MARTÍNEZ CARNEIRO, Presidenta del Concejo de Tiebas, por medio de la presente,
EXPONE:
Asunto: Abono de ayudas a favor de los vecinos de Tiebas destinada a sufragar parte del Viaje de Semana Santa 2022.
.- Visto que desde el Concejo de Tiebas se ha organizado un viaje a Oporto (PORTUGAL) para estas vacaciones de Semana Santa, abierto a todos los vecinos del pueblo que estén interesados.
.- Visto que se ha publicitado el Viaje en los lugares y medios habituales (Tablón de Anuncios, Página Web, etc) y que se han celebrado varias reuniones en aras a definir las condiciones del mismo: fechas, lugares, visitas a realizar, precios, etc.
.- Visto que, tras mantener dichas reuniones y ver diferentes ofertas de viaje, finalmente, se ha optado por el destino de OPORTO (Portugal), los días del14 al 18 de marzo, organizado por la Agencia de Viajes Eroski.
.- Visto que, finalmente, los vecinos interesados en acudir al Viaje se pondrán directamente en contacto con la Agencia y abonarán cada uno de ellos la cantidad que les corresponda.
.- Visto que todos los años, desde el Concejo se financia una parte del coste del viaje, en concepto de subvención a aquellas personas que están empadronadas en la localidad de Tiebas.
.- Visto el contenido de los Presupuestos del Ejercicio 2022, en los que se ha establecido una partida denominada “Actividades lúdicas y culturales”, dotada con 20.000€.
.- Visto que, en lo que respecta al Viaje de Semana Santa 2022, el coste total del mismo por persona asciende a 478,00 €, excluidos complementos por habitación individual, etc.
.- De acuerdo con el contenido de los artículos 221 y 222 de la Ley Foral 6/90 de Administración Local de Navarra los Ayuntamientos (en este caso el Concejo de Tiebas) está facultado para establecer este tipo de ayudas, las cuales se encuadran dentro de las actividades de fomento, debiéndose cumplir en todo caso los principios de publicidad, igualdad en el trato y congruencia entre los medios y fines que la justifiquen.
.- Igualmente, de acuerdo con el contenido del artículo 25.-2, en relación con el artículo 17.-2-c), de la Ley Foral 11/2005, de Subvenciones, en el presente caso se considera que esta subvención viene motivada por el interés social de buscar la buena convivencia, relación, y armonía entre los vecinos de Tiebas, para lo cual desde hace años se vienen organizando viajes populares desde el Concejo.
.- Estos viajes son abiertos para todos los vecinos de Tiebas que quieran acudir al viaje e igualmente los son las ayudas a conceder, respetándose por tanto las condiciones exigidas por la citada Ley Foral de publicidad, concurrencia e igualdad.
.- Desde el Concejo se considera que se trata de una actividad lúdica que sirve para fomentar la convivencia y el bienestar de los vecinos de Tiebas y el coste final resultante es apropiado a las posibilidades económicas del Concejo.
.- La iniciativa está abierta a todos los vecinos del pueblo y se lleva organizando y publicitando con el suficiente tiempo para que se enteren y se apunten todos los posibles interesados, sin discriminación alguna y en condiciones de igualdad.
.- Visto lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
PRIMERO.- OTORGAR a aquellos vecinos de Tiebas que acudan al Viaje de Semana Santa 2022 con destino a OPORTO (Portugal), los días del 14 al 18 de abril, organizado por la Agencia de Viajes Eroski, una SUBVENCIÓN por importe del 65% del coste del mismo por persona.
Para recibir el abono de la subvención los vecinos interesados deberán aportar en las oficinas del Concejo el justificante del abono de viaje a la citada Agencia.
SEGUNDO.- Aprobar el gasto resultante, el cual irá a cargo de la partida de gasto denominada “Actividades lúdicas y culturales” de los Presupuestos del Ejercicio 2022 y dotada con 20.000 €.
TERCERO.- Publicar la presente Resolución en los lugares y medios habituales (Tablón de Anuncios, Página Web, etc).
Dª. Leire Martínez Carneiro
Presidenta
Lo que notifico a usted para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra el presente acuerdo podrán interponerse los siguientes recursos:1º.- Potestativamente en el plazo de un mes Recurso de Reposición ante el mismo órgano que lo dictó, o bien Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra.2º.- Recurso Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a contar del siguiente a su notificación ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, salvo en los supuestos previstos en el artículo 8.1 de la Ley 26/1.998 que se presentará ante el Juzgado de lo Contencioso–Administrativo.