RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA 29/2021

 

Tiebas a 4 de agosto de 2021

 

Dª. LEIRE MARTÍNEZ CARNEIRO, Presidenta del Concejo de Tiebas, por medio de la presente:

 

EXPONE:

 

Asunto: «Convocatoria para la provisión, mediante concurso oposición, de una  plaza de Empleado de Servicios Múltiples con carácter temporal al servicio del Concejo de Tiebas y constitución de una relación de aspirantes en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan.»

 

Resolución a las impugnaciones a las preguntas del examen teórico realizadas en plazo.

 

.- Visto el contenido de las Bases de la Convocatoria referida aprobadas por la Junta del Concejo de Tiebas en fecha de 5 de octubre de 2020 (Boletín Oficial de Navarra nº 272 de fecha de 20/11/2020) y modificadas por acuerdo de la Junta del Concejo en fecha de 22 de marzo de 2021 (Boletín Oficial de Navarra nº91 de fecha de 22/04/2021).

 

.- Visto el contenido del Expediente de concurso-oposición arriba indicado.

 

.- Visto el contenido de la Base 8.2.1 de la Convocatoria cuyo contenido es el siguiente:

 

8.2.1. Pruebas.

 

Prueba teórica: consistirá en un ejercicio escrito tipo test sobre tres opciones sobre temas relacionados con las funciones a desempeñar en el puesto (Anexo II). El cuestionario también incluirá diversas preguntas sobre conocimiento acerca del municipio de Tiebas-Muruarte de Reta (Ayuntamiento, Concejo de Tiebas, geografía, localidades, términos, parajes). La duración de las prueba será determinada por el Tribunal y tendrá una puntuación como máximo de 36 puntos, quedando eliminados aquellas personas aspirantes que no obtengan una puntuación mínima de 18 puntos. Las respuestas incorrectas restarán 0,25 puntos cada una. Pasarán a realizar la prueba práctica los 12 aspirantes que hayan obtenido la mejor puntuación en la realización de la prueba teórica.

 

En caso de empate entre las personas aspirantes que se encuentren en la 12.ª posición con mejor puntuación, podrán acceder a la realización de la prueba práctica todos los aspirantes que tengan la misma puntuación en situación de empate.

 

El desarrollo de la oposición se regirá por el sistema de plicas cerradas.

 

Únicamente realizaran la prueba práctica aquellas personas aspirantes que hayan superado la teórica.

 

.- Visto el contenido concreto del examen de preguntas tipo test (72 preguntas más 5 de reserva) en el que consistió la citada Prueba Teórica, celebrada en fecha de 10 de julio, a las 10:00 horas, en el Edificio del Concejo de Tiebas.

 

.- Visto el contenido del Resultado Provisional de las puntuaciones asignadas a los candidatos que realizaron dicha prueba.

 

.- Visto que mediante Bando de la Presidencia de Tiebas, de fecha de 16 de julio del presente, se abrió un plazo para impugnar alguna de las preguntas de dicha prueba teórica hasta el miércoles, día 21 de julio, a las 14:00 horas. Dicho Bando fue publicado en el tablón de anuncios y en la página web del Concejo.

 

.- Visto que dentro del referido plazo se recibieron las alegaciones siguientes:

 

1º.- Alegante:  D. Aitor Iso Torrea.

 

            Alegación a la pregunta 25.

 

            Alegación a la pregunta 49.

 

2º.- Alegante:  D. Jorge Torres Colás

 

            Alegación a la pregunta 35.

 

            Alegación a la pregunta 36.

 

3º.- Alegante:  D. Juan José Acín Luri.

 

            Alegación a la pregunta 39.

 

.- Visto el contenido del Informe elaborado por el Tribunal del Concurso-Oposición, de fecha de 2 de agosto de 2021, en el que se recoge el dictamen/opinión de los profesionales técnicos del citado Tribunal según su especialidad y en el que se concluye lo siguiente:

 

            ESTIMAR la alegación efectuada a la pregunta 25.

 

            DESESTIMAR la alegación a la pregunta 49.

 

            DESESTIMAR la alegación a la pregunta 35.

 

            DESESTIMAR la alegación a la pregunta 36.

 

            DESESTIMAR la alegación a la pregunta 39.

 

RESUELVE:

 

PRIMERO.- RESOLVER las impugnaciones a las preguntas tipo test (72 preguntas más 5 de reserva) de la Prueba Teórica de la Convocatoria recibidas dentro del plazo abierto para ello, todo ello según el criterio señalado en el Informe del Tribunal del Concurso-Oposición de fecha de 2 de agosto de 2021, en el sentido siguiente:

 

            ESTIMAR la alegación efectuada a la pregunta 25.

 

            DESESTIMAR la alegación a la pregunta 49.

 

            DESESTIMAR la alegación a la pregunta 35.

 

            DESESTIMAR la alegación a la pregunta 36.

 

            DESESTIMAR la alegación a la pregunta 39.

 

SEGUNDO.- Anular la pregunta 25 de la Prueba Teórica de la Convocatoria y sustituirla por la pregunta de Reserva” nº 1.

 

Realizar al efecto una nueva corrección en lo que se refiere a estos aspectos y así mismo la correspondiente puntuación de todos los exámenes.

 

Configurar finalmente una nueva Lista/Relación con los resultados de la prueba y su asignación a cada uno de los aspirantes que participaron en la misma. Dicha Lista/Relación se publicará en el tablón de anuncios y página web del Concejo una vez sea confeccionada.

 

TERCERO.- Notificar la presente Resolución de manera fehaciente a las personas aspirantes que han presentado alegaciones, acompañando a la misma el referido Informe del Tribunal del Concurso-Oposición.

 

Publicar dicha Lista/Relación, así como el Informe del Tribunal de Concurso-Oposición, en el tablón de anuncios y página web del Concejo.

 

Dª. Leire Martínez Carneiro

 

Presidenta

 

La presente Resolución constituye un Acto de Trámite y por tanto NO ES SUSCEPTIBLE de Recurso Administrativo de acuerdo con el contenido del artículo 112.-1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de su alegación por el interesado para la consideración de la Resolución que ponga fin al procedimiento.