CONCEJO DE TIEBAS
Aprobación Modificación Presupuestaria 4/2024
La Junta del Concejo de Tiebas, en sesión ordinaria celebrada el día 3 de julio de 2024, aprobó inicialmente el Expediente de Modificación Presupuestaria número 4/2024 al presupuesto del año 2024, consistente en la habilitación de un Suplemento de crédito, cuyo resumen es el siguiente:
“Asunto: Aprobación Inicial del Expediente de Modificación Presupuestaria nº4/2024. Suplemento de Crédito.
Creación de la siguiente partida de gasto:
PARTIDA |
TIPO DE MODIFICACIÓN |
DENOMINACIÓN |
IMPORTE INICIAL |
INCREMENTO |
IMPORTE FINAL |
3370 2120003 | Suplemento de crédito | CONSERVACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL CENTRO SOCIAL | 7.000,00 € | 10.000,00 € | 17.000,00 € |
Fuentes de financiación:
PARTIDA |
TIPO DE MODIFICACIÓN |
DENOMINACIÓN |
IMPORTE |
1-870 |
Incorporación Remanente de Tesorería para gastos generales
|
REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES | 10.000,00 € |
Estado del Remanente de Tesorería tras la modificación:
A la vista del resultado del Expediente de Cuentas del ejercicio 2023, aprobado definitivamente por la Junta del Concejo en fecha de 20/03/2024, el estado del Remanente de Tesorería del ejercicio 2023 es el siguiente: Remanente de Tesorería total de 1.676.105,78 € de los que 0 € son por recursos afectados; y 1.676.105,78 € para gastos generales.
Tras la aprobación de la Modificación Presupuestaria 1/2024, 2/2024 Y 3/2024 el estado del Remanente de Tesorería del ejercicio 2023 es el siguiente: Remanente de Tesorería total de 1.591.105,78 € de los que 0 € son por recursos afectados; y 1.591.105,78 € para gastos generales.
Tras la aprobación de la presente Modificación Presupuestaria 4/2024 el estado del Remanente de Tesorería del ejercicio 2023 es el siguiente: Remanente de Tesorería total de 1.581.105,78 € de los que 0 € son por recursos afectados; y 1.581.105,78 € para gastos generales.
Procedimiento de la modificación:
Artículo 214, apartado 2, de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en relación con la Base de Ejecución nº 9, apartado 4.
El acuerdo inicial adoptado por la Junta del Concejo será sometido a exposición pública en el tablón de anuncios de la Corporación por un plazo de quince días naturales con el fin de que los vecinos o interesados puedan presentar las reclamaciones o alegaciones que estimen oportunas.
Transcurrido dicho plazo, y si no se hubiesen formulado reclamaciones o alegaciones, el acuerdo de aprobación inicial se entenderá aprobado definitivamente, entrando en vigor una vez transcurrido el período de exposición pública.
Si se formularan reclamaciones o alegaciones, la Junta del Concejo deberá adoptar acuerdo expreso relativo a la resolución de aquéllas y a la aprobación definitiva de la modificación propuesta, que entrará en vigor, una vez publicado el texto definitivo en el tablón de anuncios de la entidad local”.
Tiebas, a 3 de julio de dos mil veinticuatro, El Presidente, D. Francisco Javier Zamora Jiménez.