CONCEJO DE TIEBAS

 

Aprobación Modificación Presupuestaria 1/2024

La Junta del Concejo de Tiebas, en sesión ordinaria celebrada el día 8 de mayo de 2024, aprobó inicialmente el Expediente de Modificación Presupuestaria número 1/2024 al presupuesto del año 2024, consistente en la habilitación de un Crédito Extraordinario, cuyo resumen es el siguiente:

 

“Asunto: Aprobación Inicial del Expediente de Modificación Presupuestaria nº1/2024. Suplemento de crédito.

Creación de la siguiente partida de gasto:

 

PARTIDA

TIPO DE MODIFICACIÓN

 

DENOMINACIÓN

 

IMPORTE INICIAL

 

INCREMENTO

 

IMPORTE FINAL

3420 2120008 Suplemento de crédito CONSERVACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL CAMPO DE FÚTBOL 3.000,00 € 20.000,00 € 23.000,00 €

 

Fuentes de financiación:

 

PARTIDA

TIPO DE MODIFICACIÓN

 

DENOMINACIÓN

 

IMPORTE

1-870  

Incorporación Remanente de Tesorería para gastos generales

 

REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES 20.000,00 €

 

Estado del Remanente de Tesorería tras la modificación:

 

A la vista del resultado del Expediente de Cuentas del ejercicio 2023, aprobado definitivamente por la Junta del Concejo en fecha de 20/03/2024, el estado del Remanente de Tesorería del ejercicio 2023 es el siguiente: Remanente de Tesorería total de 1.676.105,78 € de los que 0 € son por recursos afectados; y 1.676.105,78 € para gastos generales.

 

Tras la aprobación de la presente Modificación Presupuestaria 1/2024 el estado del Remanente de Tesorería del ejercicio 2023 es el siguiente: Remanente de Tesorería total de 1.656.105,78 € de los que 0 € son por recursos afectados; y 1.656.105,78 € para gastos generales.

Procedimiento de la modificación:

Artículo 214, apartado 2, de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en relación con la Base de Ejecución nº 9, apartado 4.

 

El acuerdo inicial adoptado por la Junta del Concejo será sometido a exposición pública en el tablón de anuncios de la Corporación por un plazo de quince días naturales con el fin de que los vecinos o interesados puedan presentar las reclamaciones o alegaciones que estimen oportunas.

Transcurrido dicho plazo, y si no se hubiesen formulado reclamaciones o alegaciones, el acuerdo de aprobación inicial se entenderá aprobado definitivamente, entrando en vigor una vez transcurrido el período de exposición pública.

Si se formularan reclamaciones o alegaciones, la Junta del Concejo deberá adoptar acuerdo expreso relativo a la resolución de aquéllas y a la aprobación definitiva de la modificación propuesta, que entrará en vigor, una vez publicado el texto definitivo en el tablón de anuncios de la entidad local”.

Tiebas, a 8 de mayo de dos mil veinticuatro.

El Presidente, D. Francisco Javier Zamora Jiménez