CONCEJO DE TIEBAS

 

Aprobación Modificación Presupuestaria 1/2022

La Junta del Concejo de Tiebas, en sesión ordinaria celebrada el día once de abril de 2022, aprobó inicialmente el Expediente de Modificación Presupuestaria número 1/2022 al presupuesto del año 2022, consistente en la habilitación de un Crédito Extraordinario, cuyo resumen es el siguiente:

 “Asunto: Aprobación Inicial del Expediente de Modificación Presupuestaria nº 1/2022. Suplemento de Crédito.

 

Ampliación de las siguientes partidas de gasto:

 

PARTIDA

TIPO DE MODIFICACIÓN

 

DENOMINACIÓN

 

IMPORTE INICIAL

 

INCREMENTO

 

IMPORTE FINAL

 

3300 2260901

 

Suplemento de Crédito

 

ACTIVIDADES LÚDICAS Y CULTURALES

 

20.000,00 €

 

10.000,00 €

 

30.000,00 €

 

Fuentes de financiación:

 

PARTIDA

TIPO DE MODIFICACIÓN

 

DENOMINACIÓN

 

IMPORTE

 

1-870

 

Incorporación Remanente de Tesorería para gastos generales

 

 

REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES

 

10.000,00 €

 

Estado del Remanente de Tesorería tras la modificación:

A la vista del resultado del Expediente de Cuentas del ejercicio 2021, aprobado definitivamente por la Junta del Concejo en fecha de 11/04/2021, el estado del Remanente de Tesorería del ejercicio 2021 es el siguiente: Remanente de Tesorería total de 1.679.873,03 € de los que 0 € son por recursos afectados; y 1.679.873,03 € para gastos generales.

Tras la aprobación de la presente Modificación Presupuestaria 1/2022 el estado del Remanente de Tesorería de 2020 es el siguiente: Remanente de Tesorería total de 1.669.873,03 € de los que 0 € son por recursos afectados; y 1.669.873,03 € para gastos generales.

Procedimiento de la modificación:

Artículo 214, apartado 2, de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en relación con la Base de Ejecución nº 9, apartado 4.

El acuerdo inicial adoptado por la Junta del Concejo será sometido a exposición pública en el tablón de anuncios de la Corporación por un plazo de quince días naturales con el fin de que los vecinos o interesados puedan presentar las reclamaciones o alegaciones que estimen oportunas.

Transcurrido dicho plazo, y si no se hubiesen formulado reclamaciones o alegaciones, el acuerdo de aprobación inicial se entenderá aprobado definitivamente, entrando en vigor una vez transcurrido el período de exposición pública.

Si se formularan reclamaciones o alegaciones, la Junta del Concejo deberá adoptar acuerdo expreso relativo a la resolución de aquéllas y a la aprobación definitiva de la modificación propuesta, que entrará en vigor, una vez publicado el texto definitivo en el tablón de anuncios de la entidad local.»

 

Tiebas, a once de abril de dos mil veintidós.

La Presidente, Dª. Leire Martínez Carneiro