D. Yon Romero Montávez, Secretario de la Junta del Concejo de Tiebas, por medio de la presente,

CERTIFICA:

Que la Junta del Concejo de Tiebas, en sesión ordinaria celebrada el día 12 de febrero de 2025, adoptó, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, el siguiente ACUERDO:

“Asunto: Procedimiento de Adjudicación del aprovechamiento comunal propiedad del Concejo de Tiebas: huerto comunal «La Venta nº3». Adjudicación provisional.

.- Visto el contenido de la vigente Ordenanza Reguladora de los Aprovechamientos Comunales del Concejo de Tiebas, siempre y cuando el contenido de la misma se atenga al contenido del Decreto Foral 280/1990, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los Bienes de las Entidades Locales de Navarra.

.- Visto el resultado del proceso de adjudicación de los huertos comunales del Concejo de Tiebas realizado el año 2021 así como la circunstancia de que uno de los beneficiarios (huerta La Venta nº3 ), ha renunciado a la misma.

.- Visto el contenido del artículo 33 de dicha Ordenanza, en la que se dice lo siguiente:

Artículo 33. 

El Concejo de Tiebas podrá entregar a los titulares de unidades familiares que lo deseen huertos familiares de 900 metros cuadrados5 en las siguientes condiciones:

  1. a) El solicitante no deberá ser propietario de terrenos de regadío, ni beneficiario de otro lote comunal.
  2. b) El cultivo será directo y personal, según lo establecido en los artículos 22, 23, 24 y 25.
  3. c) La adjudicación será para el plazo de 8 años6.
  4. d) El canon será de 000 pesetas la robada7. Este canon corresponde al propuesto para el año 1.988, actualizándose anualmente como máximo con el IPC.

A tal fin el Concejo de Tiebas reservará una superficie suficiente para satisfacer las solicitudes, no superándola misma el 10% de la superficie comunal total de cultivo.

.- Visto que para la adjudicación de la citada huerta comunal es necesario seguir el siguiente procedimiento:

1º.- Publicación del correspondiente Edicto en el tablón de anuncios del Concejo de Tiebas para que aquellos vecinos con derecho al aprovechamiento de bienes comunales puedan presentar sus solicitudes.

2º.- Una vez transcurrido el plazo para la presentación de solicitudes la Junta del Concejo adjudicará la misma según lo previsto en el artículo 33 de la vigente Ordenanza de Aprovechamientos Comunales, para lo cual se realizará, previamente, un sorteo de dichos huertos entre los vecinos solicitantes.

3º.- El acuerdo de la Junta del Concejo por el que se adjudiquen la huerta comunal se publicará en el tablón de anuncios y en la página web del Concejo.

4º.- Este acuerdo tendrá la consideración de Adjudicación Provisional y se someterá al trámite de información pública por el plazo de quince días hábiles, para que aquellos vecinos interesados puedan presentar alegaciones, reparos u observaciones al mismo.

5º.- Transcurrido este plazo de información pública la Junta del Concejo de Tiebas procederá a la contestación a las alegaciones y a la Adjudicación Definitiva, la cual se publicará en el tablón de anuncios y en la página web del Concejo. En el supuesto de que no se produzcan alegaciones, reparos u observaciones, al acuerdo de adjudicación provisional el mismo pasará a tener la consideración de adjudicación definitiva.”

.- Visto que, una vez publicado el correspondiente Edicto en el tablón de anuncios del Concejo desde la fecha de 13 de diciembre de 2024 hasta el 31 de enero de 2025 se ha presentado tan solo UNA solicitud de adjudicación, siendo ésta la siguiente:

  1. FRANCISCO MAQUEDO

SE ACUERDA:

PRIMERO.- Adjudicar provisionalmente la huerta comunal del Concejo de Tiebas «LA VENTA nº 3» a favor del vecino D. FRANCISCO MAQUEDO. Las condiciones de la misma serán las establecidas para el resto de las huertas comunales en fecha de 2021.

SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo de adjudicación en el tablón de anuncios y en la página web del Concejo.

TERCERO.-Otorgar un plazo de alegaciones al acuerdo y al contenido de dicha Adjudicación Provisional durante el plazo de quince días hábiles que empezarán a contar desde el día siguiente a su publicación.

Transcurrido este plazo la Junta del Concejo de Tiebas procederá a la contestación a las alegaciones recibidas y a la aprobación de la Lista Definitiva de adjudicatarios, la cual será igualmente publicada en el tablón de anuncios y en la página web del Concejo para el conocimiento de los vecinos.»

 

Que extiende la presente con la salvedad del artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de orden y con el visto bueno de la Sra. Presidenta, en Tiebas, a 12 de febrero de 2025.

 

El Secretario                                                                                       Vº. Bº.

Yon Romero Montávez                                                                        Presidente

Francisco Javier Zamora Jiménez

La presente Resolución/Acuerdo constituye un Acto de Trámite y por tanto NO ES SUSCEPTIBLE de Recurso Administrativo de acuerdo con el contenido del artículo 112.-1 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de su alegación por el interesado para la consideración de la Resolución que ponga fin al procedimiento